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Ley Beckham en España · revisión con asesor fiscal

Revise si la Ley Beckham puede encajar antes de mudarse a España

Recogemos y ordenamos la información laboral, migratoria, familiar y patrimonial relacionada con su traslado. Cuando el caso lo requiere, le ponemos en contacto con un asesor fiscal cualificado para que determine si el régimen especial del artículo 93 puede aplicarse a su situación.

  • No es un visado
  • No se aplica automáticamente
  • El calendario importa

Spain Relocate no presta asesoramiento fiscal ni determina si el régimen resulta aplicable. Esa valoración corresponde al asesor fiscal cualificado que estudie su caso.

Documentación fiscal de Estados Unidos preparada para analizar un traslado a España
Antes de que empiecen a correr los plazos La fecha de llegada, el inicio de la actividad, el alta y la documentación deben coordinarse desde el principio para no perder ningún plazo.

Lo esencial

Qué conviene saber antes de valorar el régimen

La llamada Ley Beckham es un régimen fiscal especial dirigido a determinadas personas que adquieren la residencia fiscal en España como consecuencia de su traslado. Para acogerse a él, deben cumplirse ciertos requisitos, presentar la documentación correspondiente y actuar dentro del plazo establecido.

01

Es un régimen fiscal

No sustituye la autorización de residencia ni el visado que pueda ser necesario para vivir y trabajar en España.

02

Tiene duración limitada

Puede aplicarse durante el año en que se adquiere la residencia fiscal en España y los cinco períodos impositivos siguientes, siempre que se cumplan las condiciones.

03

Se comunica mediante el Modelo 149

La declaración anual de quienes se acogen al régimen se presenta mediante el Modelo 151.

04

Debe compararse con el régimen ordinario

Su conveniencia depende de los ingresos, el patrimonio, la actividad profesional, la situación familiar y las obligaciones fiscales en España y Estados Unidos.

Encaje inicial

Perfiles que conviene revisar con antelación

Estos perfiles no garantizan el acceso al régimen, pero ayudan a identificar cuándo conviene ordenar la información antes de firmar un contrato, trasladarse o cambiar la forma de trabajar desde España.

Empleo

Contratado o desplazado por una empresa

Puede tratarse de una nueva relación laboral, un desplazamiento decidido por el empleador o la incorporación a una entidad española.

Trabajo remoto

Empleado de una empresa estadounidense

Conviene revisar de forma conjunta el contrato, las funciones, el lugar efectivo de trabajo, la entidad que paga la remuneración y la situación ante la Seguridad Social.

Empresa

Administrador, fundador, socio o inversor

Las participaciones, las funciones que realmente se desempeñan, la remuneración y la actividad desarrollada desde España pueden cambiar el análisis.

Profesional

Nómada digital, emprendedor o actividad independiente

La vía migratoria y la forma jurídica de la actividad no determinan, por sí solas, el resultado fiscal.

Compensación

Bonos, acciones y stock compensation

Conviene revisar cuándo se genera la remuneración, cuál es su origen y qué trabajo se realizó antes y después del traslado.

Familia

Cónyuge e hijos con ingresos propios

Cada miembro de la familia puede tener fechas, ingresos y requisitos distintos. Por eso, no debe darse por hecho que el régimen se aplica automáticamente a todo el núcleo familiar.

Señales de cautela

Situaciones en las que conviene comparar escenarios antes de decidir

01

Ha sido residente fiscal en España durante alguno de los períodos anteriores que resultan relevantes para el régimen.

02

Una parte importante de sus ingresos procede de actividades, entidades o activos cuyo tratamiento fiscal no está claro.

03

Mantiene una LLC, una S-Corporation, inmuebles, inversiones, trusts o planes de jubilación en Estados Unidos.

04

Ya ha llegado a España, ha empezado a trabajar o ha dejado transcurrir parte del plazo sin preparar la documentación.

Qué se revisa

La posible aplicación depende de hechos, fechas y documentos

Una revisión útil no empieza con una estimación genérica del posible ahorro. Empieza por entender cómo se produce el traslado y qué relaciones laborales, societarias y patrimoniales siguen vigentes.

Residencia

Historial y fecha de traslado

Residencia fiscal anterior, fechas de entrada en España, vivienda disponible y año en que podría adquirirse la residencia fiscal española.

Trabajo

Contrato y actividad efectiva

Empleador, funciones, lugar efectivo de trabajo, fecha de alta, carta de desplazamiento y documentación de la Seguridad Social.

Empresa

Participaciones y funciones

LLC, S-Corp, sociedades españolas, funciones de administración y control, remuneración y decisiones tomadas desde España.

Ingresos

Origen de los ingresos

Salarios, bonus, dividendos, rentas de alquiler, intereses, ganancias, pensiones y remuneración en acciones.

Patrimonio

Activos y obligaciones informativas

Inmuebles, cuentas, carteras de inversión, entidades, planes de jubilación y patrimonio situado en ambos países.

Familia

Situación de cada integrante

Fechas de llegada, ingresos propios, dependencia económica y posible acceso individual de cada integrante al régimen.

Responsabilidades diferenciadas

Spain Relocate organiza el caso; el asesor fiscal emite el criterio

Esta separación evita promesas genéricas y permite que el asesor fiscal reciba la información ordenada, con las principales cuestiones legales, laborales y familiares ya identificadas.

Spain Relocate

Preparación y coordinación

  • Recoger los objetivos, las fechas previstas y las circunstancias del traslado.
  • Ordenar los contratos, las cartas, las altas y el resto de la documentación disponible.
  • Identificar las cuestiones relacionadas con la residencia, la Seguridad Social y la situación familiar.
  • Presentar y coordinar la intervención del asesor fiscal español y, cuando proceda, del asesor estadounidense o de un profesional especializado en fiscalidad internacional.
  • Incorporar las conclusiones y los siguientes pasos a la hoja de ruta del traslado.
Asesor fiscal cualificado

Análisis y criterio tributario

  • Determinar si se cumplen los requisitos previstos en el artículo 93.
  • Comparar el régimen especial con el régimen ordinario de tributación.
  • Determinar el tratamiento fiscal de las rentas, los activos y las entidades.
  • Definir la documentación, las obligaciones y los modelos aplicables.
  • Emitir conclusiones y recomendaciones fiscales profesionales.

Cómo se organiza

De la evaluación privada a una revisión fiscal bien preparada

El objetivo no es sustituir al asesor fiscal, sino evitar que tenga que reconstruir el traslado desde cero y que una decisión legal, laboral o migratoria avance sin considerar sus posibles efectos fiscales.

Solicitar evaluación privada
  1. 01

    Contexto del traslado

    Residencia anterior, motivo del traslado, visado, situación familiar, vivienda y fechas previstas.

  2. 02

    Expediente laboral y patrimonial

    Contratos, funciones, sociedades, remuneración, ingresos, activos y documentación ya disponible.

  3. 03

    Revisión fiscal profesional

    El asesor fiscal analiza los requisitos, compara los distintos escenarios y determina las obligaciones y la documentación aplicables.

  4. 04

    Hoja de ruta coordinada

    La residencia, el alta, la posible opción fiscal y las siguientes gestiones quedan ordenadas dentro de un mismo calendario.

Contenido informativo

¿Todavía está valorando cómo funciona la Ley Beckham?

Consulte la guía informativa sobre requisitos generales, duración, modelos, perfiles y cuestiones habituales para quienes se trasladan desde Estados Unidos. Después podrá volver a esta página para solicitar una revisión coordinada.

Leer la guía completa

Preguntas sobre el servicio

Antes de solicitar una revisión

Estas respuestas explican el alcance de la coordinación. Las conclusiones fiscales solo puede emitirlas un asesor fiscal después de revisar la documentación y las circunstancias de cada caso.

¿Cuándo conviene solicitar la evaluación?

Conviene solicitarla antes de fijar la fecha del traslado, firmar un contrato definitivo, cambiar la forma de trabajar desde España o iniciar el plazo para comunicar la opción. También resulta útil cuando ya existe una oferta, un visado de nómada digital, una sociedad estadounidense o un cambio de empresa previsto.

¿Spain Relocate confirma si puedo acogerme a la Ley Beckham?

No. Spain Relocate organiza la información y, cuando es necesario, presenta y coordina la intervención del asesor fiscal. La conclusión sobre la aplicación del artículo 93 corresponde al profesional que estudie la documentación.

¿La visa de nómada digital permite aplicar automáticamente el régimen?

No. La situación migratoria y la fiscal son cuestiones distintas. El visado puede formar parte del contexto, pero los requisitos fiscales, la actividad, las fechas y la documentación deben analizarse por separado.

¿Qué ocurre con una LLC o una S-Corporation de Estados Unidos?

No existe una respuesta única. El asesor fiscal deberá revisar la clasificación de la entidad, las funciones realizadas desde España, la remuneración, las participaciones y el tratamiento que corresponde en ambos países.

¿Pueden acogerse también el cónyuge y los hijos?

Determinados familiares pueden valorar el régimen si cumplen condiciones específicas. La situación de cada integrante debe revisarse por separado según el parentesco, la edad, los ingresos, la residencia y el calendario.

¿Qué ocurre si ya me trasladé a España?

Conviene revisar cuanto antes la fecha de inicio de la actividad, el alta o documento equivalente, la residencia fiscal y el plazo que todavía queda disponible. Haber llegado a España no impide necesariamente el análisis, pero puede reducir el margen de actuación.

¿La evaluación incluye los modelos 149 y 151?

La evaluación privada sirve para ordenar el caso e identificar qué profesional debe intervenir. La preparación, presentación o revisión de modelos tributarios corresponde al asesor fiscal o al representante habilitado que se contrate para esa función.

Antes de cambiar residencia o iniciar el plazo

Prepare la información para que el asesor fiscal pueda revisarla con tiempo

Ordenaremos la información sobre residencia, empleo, empresa, familia y patrimonio para que la revisión fiscal parta de datos documentados, y no de supuestos incompletos.